A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Empresas Publicas De Medellin Epm·Demandado Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Adres
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre recobros de prestaciones no incluidas en el plan de beneficios de salud-PBS
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado Once Administrativo Oral de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que presentó las Empresas Públicas de Medellín en contra de la ADRES, para que se le reconociera y pagara unas sumas asumidas en razón de la cobertura efectiva de tecnologías no incorporadas en el Plan Obligatorio de Salud y no financiadas por las UPC.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró lo establecido en los Autos 389/21 y 1942/23 y se decidió conforme a la regla que establece que, la competencia judicial para conocer asuntos relacionados con el pago de recobros judiciales al Estado por prestaciones no incluidas en el POS (hoy PBS) y por las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Con base en lo anterior ser remitió el expediente al Juzgado Once Administrativo Oral de Medellín para que, de manera inmediata continúe con el trámite del proceso y comunique la presente providencia a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Once Administrativo Oral de Medellín y el Juzgado
- Noveno. Laboral del Circuito de Medellín y DECLARAR que el conocimiento del proceso iniciado por las Empresas Públicas de Medellín contra la ADRES corresponde al Juzgado Once Administrativo Oral de Medellín.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1714 al Juzgado Once Administrativo Oral de Medellín para que, de manera inmediata, continúe con el trámite del referido proceso y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Noveno. Laboral del Circuito de Medellín y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.